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Cómo solicitar un visado para Estados Unidos desde España en 2026

Cómo solicitar un visado para Estados Unidos desde España (Actualizado 2026)

Los ciudadanos españoles y los residentes legales en España tienen varias opciones para viajar a Estados Unidos, en función del motivo del viaje, la duración de la estancia y de si el desplazamiento es personal o corporativo.

En los últimos años, las autoridades migratorias de EE. UU. han seguido reforzando los controles de entrada y actualizando los requisitos para visados de turismo, negocios, trabajo, estudios e inversión. Además, los cambios en el Programa de Exención de Visado (ESTA) afectan a viajeros que han visitado determinados países o que ya no cumplen los criterios de elegibilidad.

Por este motivo, es esencial conocer tus opciones y preparar correctamente la solicitud antes de viajar.

Nuestros servicios

Movilidad corporativa y visados de no inmigrante

Entrada flexible en EE. UU. para reuniones, proyectos y necesidades corporativas de corta duración.

Guiamos a las empresas en las vías de entrada más habituales para asignaciones de corta duración y actividades profesionales en Estados Unidos.

Visados de residencia permanente

Traslada a directivos y empleados clave de forma ágil desde España a Estados Unidos.

Nuestro equipo está especializado en traslados intraempresa y peticiones por habilidad extraordinaria, que permiten a las empresas reubicar liderazgo y talento especializado de forma eficiente.

Visados para inversores y startups

Lanza o amplía tu negocio en EE. UU. mediante visados estratégicos de inversión.

Ayudamos a emprendedores y empresas consolidadas a estructurar inversiones y a establecer entidades en Estados Unidos para asegurar su estatus migratorio y respaldar sus planes de crecimiento.

Visados de traslado de trabajadores

Traslada a directivos y empleados clave de forma ágil desde España a Estados Unidos.

Nuestro equipo está especializado en traslados intraempresa y peticiones por habilidad extraordinaria, que permiten a las empresas reubicar liderazgo y talento especializado de forma eficiente.

6 requisitos clave para solicitar un visado para Estados Unidos desde España

Requisitos clave para solicitar un visado para Estados Unidos desde España en 2026:

  • Nacionalidad española o residencia legal en España, manteniendo un estatus de residencia válido durante todo el proceso.

  • Pasaporte en vigor que cubra toda la estancia prevista en Estados Unidos (se recomienda pasaporte biométrico).

  • Formulario DS-160 correctamente cumplimentado.

  • Pago de la tasa consular correspondiente.

  • Fotografía reciente tipo pasaporte (5 × 5 cm).

  • Pruebas de vínculos sólidos fuera de Estados Unidos (empleo, empresa/actividad profesional, familia o activos).

  • Elección de la categoría de visado adecuada (turismo, negocios, trabajo, estudios o inversión).

En Corporate Visa Solutions (CVS), estamos especializados tanto en inmigración corporativa como individual hacia Estados Unidos, acompañando a ciudadanos españoles y residentes legales en España durante todo el proceso de solicitud con un alto nivel de rigor y experiencia.

Contacta con nosotros si quieres que nuestro equipo te guíe en cada etapa del proceso, desde la evaluación inicial hasta la aprobación final.

¿Tienes preguntas? Contacta a nuestro equipo

Paula Estévez Arrate

SDR y Ejecutivo de Cuentas

¿Quién necesita un visado para Estados Unidos?

Las personas que viajan desde España deben solicitar un visado para Estados Unidos si:

  • Planean permanecer en Estados Unidos más de 90 días, o

  • Viajan por trabajo, estudios, formación, inversión o por motivos de negocio a largo plazo, o

  • No cumplen los requisitos del Programa de Exención de Visado (ESTA).

Entre las categorías más habituales para solicitantes desde España se incluyen: B-1/B-2 (negocios y turismo), L-1 (traslados intraempresa), E-1 y E-2 (comercio e inversión por tratado), O-1 (habilidad extraordinaria) y F-1 o J-1 (estudios y programas de intercambio).

Requisitos para visados de Estados Unidos

Los ciudadanos españoles y los residentes legales en España pueden solicitar un visado para viajar a Estados Unidos.

Antes de iniciar el proceso, es fundamental reunir toda la documentación exigida por la Embajada o el Consulado de EE. UU. correspondiente y asegurarse de que todos los documentos cumplen los formatos y criterios oficiales.

Una preparación completa y bien organizada facilita el proceso y reduce de forma significativa el riesgo de retrasos o denegaciones.

A continuación, encontrarás un resumen de los documentos y pruebas de soporte más habituales al solicitar un visado para Estados Unidos desde España. Estos requisitos pueden variar según la categoría del visado y la situación personal, profesional o académica del solicitante.

1) Documentación obligatoria

  • Pasaporte en vigor (normalmente con al menos 6 meses de validez)

  • Página de confirmación del DS-160

  • Justificante de pago de la tasa consular

  • Fotografía reciente que cumpla las especificaciones oficiales

2) Prueba de estancia temporal

  • Itinerario de viaje o carta de invitación

  • Explicación clara del motivo y la duración del viaje

3) Pruebas financieras

  • Extractos bancarios (últimos 3–6 meses)

  • Justificante de ingresos o nómina

  • Documentación de patrocinio (si aplica)

4) Vínculos sólidos fuera de EE. UU.

  • Contrato de trabajo o actividad empresarial en curso

  • Familia directa o propiedades/bienes

  • Compromisos académicos o profesionales

Una documentación coherente, completa y bien estructurada mejora de forma notable las probabilidades de aprobación.

Paso a paso: cómo solicitarlo desde España

1) Elegir la categoría de visado correcta

Elegir el visado adecuado es clave. Por ejemplo:

  • B-1/B-2: negocios o turismo

  • L-1: traslados intraempresa

  • E-2: inversión por tratado

  • F-1 / J-1: estudios o programas de intercambio

Una clasificación incorrecta es una de las causas más habituales de denegación.

2) Completar el formulario DS-160

El DS-160 se rellena online en la web del Departamento de Estado de EE. UU. Toda la información debe ser exacta y coherente con la documentación de soporte.

3) Pagar la tasa consular

Las tasas suelen oscilar entre 160 USD y 265 USD, según el tipo de visado.

4) Solicitar una cita consular

Las citas se gestionan en la Embajada o el Consulado de Estados Unidos correspondiente a tu país de residencia (por ejemplo, España). Los tiempos de espera varían según la demanda y la época del año.

5) Preparar la documentación de soporte

Toda la documentación debe estar actualizada, claramente organizada y alineada con la narrativa de la solicitud.

6) Asistir a la entrevista consular

Un funcionario consular evaluará la solicitud y puede hacer preguntas sobre tus planes de viaje, tu situación laboral y tus antecedentes. Es esencial responder de forma clara y coherente.

ESTA: autorización de viaje para estancias cortas

El Sistema Electrónico para la Autorización de Viaje (ESTA) permite a los ciudadanos de países participantes que cumplan los requisitos viajar a Estados Unidos sin visado para estancias de hasta 90 días. El ESTA está pensado para turismo, actividades de negocios limitadas o tránsito.

Un ESTA aprobado suele ser válido durante dos años o hasta que caduque el pasaporte, lo que ocurra primero. La solicitud debe presentarse online al menos 72 horas antes de la salida. Los viajeros que no cumplan los requisitos de elegibilidad del ESTA deben solicitar un visado estándar para Estados Unidos.

Categorías de visado para EE. UU. más solicitadas

Esta categoría permite que empleados de una empresa extranjera entren temporalmente en Estados Unidos para realizar actividades técnicas o especializadas sin necesidad de obtener un visado H-1B.

A diferencia del H-1B, esta clasificación no está sujeta a un cupo anual. El empleado permanece en la nómina de la empresa extranjera y sigue recibiendo salario desde el extranjero. Está pensada para proyectos de corta duración, claramente definidos, o servicios técnicos prestados en Estados Unidos.

Esta opción es especialmente adecuada para empresas que necesitan desplazar profesionales cualificados para asignaciones limitadas en el tiempo en cooperación con clientes estadounidenses o entidades afiliadas.

La clasificación B-1 Industrial Worker autoriza la entrada temporal en Estados Unidos para instalar, dar servicio o reparar equipos que han sido fabricados fuera de Estados Unidos.

Para poder optar, el solicitante debe participar directamente en la instalación o mantenimiento de maquinaria o equipos adquiridos por una empresa estadounidense y no puede recibir remuneración de una fuente estadounidense.

Esta categoría se utiliza habitualmente por técnicos, ingenieros e instaladores que trabajan en proyectos industriales internacionales, plantas de fabricación o despliegues de equipos especializados.

El visado E-2 está disponible para nacionales de países que mantienen un tratado de comercio y navegación con Estados Unidos. España se encuentra dentro de esta categoría.

Este visado permite invertir, dirigir y desarrollar activamente un negocio en Estados Unidos, siempre que la inversión sea sustancial, lícita y esté destinada a una empresa real y operativa.

La empresa debe demostrar viabilidad económica, generar empleo y contribuir a la economía de EE. UU. El visado E-2 puede renovarse indefinidamente mientras la empresa siga activa y cumpla los requisitos.

Es una de las opciones más utilizadas por emprendedores y propietarios de empresas en España que buscan expandir operaciones al mercado estadounidense.

El visado B-2 permite viajar a Estados Unidos por turismo, visitas familiares o tratamiento médico.

Los ciudadanos de países del Programa de Exención de Visado pueden ser elegibles para viajar con ESTA en lugar de solicitar un visado B-2, siempre que cumplan todos los requisitos del programa.

El B-2 suele permitir estancias de hasta seis meses y no autoriza empleo ni actividades remuneradas. Es la opción adecuada para viajes de ocio, visitas a familiares o recibir atención médica en Estados Unidos.

El visado L-1 está pensado para empresas multinacionales que necesitan trasladar empleados desde una oficina fuera de EE. UU. a una entidad relacionada en Estados Unidos, como una filial, sucursal o empresa afiliada.

Existen dos subcategorías principales:

  • L-1A para directivos y managers senior, y

  • L-1B para empleados con conocimiento especializado.

El proceso suele implicar que la empresa en EE. UU. presente una petición ante USCIS mediante el Formulario I-129. Una vez aprobada, el empleado programa una entrevista consular utilizando el aviso de aprobación (Formulario I-797).

Las empresas con un L-1 Blanket aprobado pueden beneficiarse de un proceso más ágil al evitar la adjudicación individual de determinadas peticiones. El L-1 sigue siendo una de las vías principales para organizaciones multinacionales que desean trasladar talento entre oficinas internacionales.

El visado O-1 está reservado a profesionales que pueden demostrar habilidad extraordinaria en campos como ciencia, educación, negocios, deporte o artes.

Los solicitantes deben aportar evidencias sólidas de reconocimiento profesional, que pueden incluir premios, publicaciones, membresías, apariciones en medios o referencias de expertos. El visado se concede por la duración del proyecto o contrato aprobado, normalmente hasta tres años, y puede renovarse en incrementos de un año.

Esta categoría es adecuada para artistas, científicos, investigadores, emprendedores y otros profesionales con carreras destacadas y reconocimiento internacional.

El visado F-1 se aplica a ciudadanos extranjeros que desean cursar estudios académicos o de idiomas en instituciones acreditadas en Estados Unidos.

Los solicitantes deben ser admitidos por un centro autorizado dentro del programa Student and Exchange Visitor Program (SEVP). El visado es válido durante la duración del programa académico y permite empleo limitado en el campus bajo condiciones específicas.

Es el visado más común para estudiantes universitarios, programas de posgrado y cursos intensivos de inglés.

El visado J-1 está diseñado para personas que participan en programas de intercambio educativos, culturales o profesionales aprobados.

Incluye estudiantes de intercambio académico, interns, trainees, profesores, investigadores y médicos en formación. Su objetivo es fomentar la cooperación internacional y el intercambio cultural. La duración de la estancia depende del programa específico y del sponsor designado.

En Corporate Visa Solutions (CVS) gestionamos todas las categorías de visados para Estados Unidos tanto para solicitantes individuales como para clientes corporativos desde España.

Dentro del ámbito B2B, trabajamos especialmente con los visados B-1, L-1 y E-2, que se encuentran entre los más utilizados por empresas que trasladan empleados, directivos o inversores a Estados Unidos.

Ofrecemos un acompañamiento integral, desde la selección estratégica del visado hasta la preparación de la entrevista consular, asegurando que cada caso se presente con una documentación sólida, una narrativa coherente y una alta probabilidad de aprobación.

Comparativa de visados corporativos (B-1, L-1, E-2)

Plazos de tramitación

Los plazos de tramitación de visados para Estados Unidos desde España varían según la categoría de visado, la época del año y la carga de trabajo de la Embajada o el Consulado de EE. UU. correspondiente.

Por lo general, el proceso completo —desde la presentación online hasta la entrega del pasaporte— tarda aproximadamente entre 4 y 8 semanas. En algunos casos, la tramitación puede alargarse si se solicita documentación adicional o si la solicitud queda sujeta a revisión administrativa.

Varios factores pueden afectar a los plazos:

  • La disponibilidad de citas puede ser limitada en periodos de alta demanda, como los meses de verano o las temporadas de viajes de fin de año.

  • Determinadas categorías, especialmente visados corporativos y basados en empleo como L-1, E-2 u O-1, suelen requerir una revisión más detallada.

  • Si el funcionario consular solicita información adicional, el caso puede entrar en tramitación administrativa, lo que puede añadir varios días o semanas.

  • Una vez aprobado, el envío del pasaporte por mensajería suele tardar entre 3 y 5 días laborables.

En Corporate Visa Solutions (CVS) evaluamos cada caso desde el inicio y ofrecemos a nuestros clientes un calendario realista de tramitación, teniendo en cuenta la categoría de visado, las fechas previstas de viaje y la disponibilidad consular en ese momento. Este enfoque permite a empresas y particulares planificar con seguridad y evitar retrasos inesperados.

Errores comunes

Basándonos en nuestra amplia experiencia gestionando casos de visados tanto corporativos como individuales, hay varios problemas recurrentes que con frecuencia provocan retrasos o denegaciones.

Entre los más habituales se incluyen:

  • Solicitar un visado B-1 cuando el rol encaja claramente en los criterios de conocimiento especializado L-1B.

  • No documentar adecuadamente la relación corporativa entre la entidad extranjera (por ejemplo, en España) y la entidad estadounidense en casos L-1.

  • Presentar planes de negocio débiles o incompletos en solicitudes E-2.

  • Inconsistencias entre el DS-160, las cartas de soporte y la agenda/plan de viaje.

  • Falta de coordinación entre los plazos del proyecto y la vigencia del visado o los tiempos de tramitación consular.

En CVS, revisamos cada aspecto de la solicitud para asegurar que la narrativa, la documentación y los plazos estén totalmente alineados. Nuestro objetivo es presentar cada caso de forma clara, coherente y sin puntos débiles ante la autoridad consular.

Cómo puede ayudar un asesor profesional de inmigración

En Corporate Visa Solutions (CVS) asesoramos a empresas desde España sobre la estrategia de visado para Estados Unidos más adecuada para sus empleados, directivos y equipos técnicos.

Trabajamos especialmente con visados E-2, L-1, B-1 “In Lieu of H-1B” y B-1 Industrial Worker, ayudando a las organizaciones a seleccionar la categoría correcta y presentar cada caso con una narrativa clara, documentación sólida y altos estándares de cumplimiento.

Nuestro apoyo cubre todo el proceso, desde la selección estratégica del visado hasta la preparación de la entrevista consular, garantizando traslados más eficientes y minimizando el riesgo migratorio.

¿Cómo podemos apoyar su expansión en EE.UU.?

Si su empresa planea transferir empleados a los Estados Unidos, nuestro equipo puede ayudarlo a identificar la visa estadounidense adecuada.







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    ¿Por qué Corporate Visa Solutions (CVS)?

    Firma boutique en Europa, con alcance paneuropeo.

    Tarifas fijas, sin costes ocultos.

    Acompañamiento integral: elegibilidad, presentación, entrevistas y soporte tras la aprobación.

    End-to-end support: eligibility, filing, interviews, and post-approval.

    Preguntas frecuentes (FAQ)

    El primer paso es identificar el motivo de tu viaje y determinar la categoría de visado estadounidense más adecuada para tu situación.

    Después, debes completar el Formulario DS-160 y pagar la tasa consular correspondiente. A continuación, tendrás que solicitar una cita en la Embajada o Consulado de EE. UU. competente para tu país de residencia (por ejemplo, España), reunir la documentación requerida (incluyendo tu pasaporte y la confirmación del DS-160) y asistir a la entrevista consular.

    Durante la entrevista, es importante responder con sinceridad y aportar documentación clara que respalde tu solicitud. Tras la entrevista, se te informará de la decisión. Si se aprueba, te devolverán el pasaporte con el visado. Si se deniega, recibirás información sobre el motivo de la decisión.

    Los requisitos pueden variar según la categoría del visado y tu país de nacionalidad o residencia.

    Los plazos dependen de la categoría del visado, la disponibilidad de citas y la complejidad del caso.

    En general, puede dividirse en dos fases: el tiempo de espera hasta la entrevista consular (que puede ir desde unos días hasta varias semanas) y el tiempo de tramitación tras la entrevista (normalmente unos pocos días laborables para la devolución del pasaporte una vez aprobado).

    Cualquier persona que no sea ciudadana de EE. UU. debe contar con una autorización de viaje o un visado válido para entrar legalmente en Estados Unidos.

    Las opciones relacionadas con turismo incluyen el visado B-2 para turismo y el visado B-1 para actividades de negocios limitadas. Además, los nacionales que cumplan los requisitos pueden viajar con ESTA, que no es un visado, sino una autorización electrónica de viaje.

    Los ciudadanos de países del Programa de Exención de Visado pueden solicitar el ESTA online, y normalmente es el único paso necesario antes de la aprobación. Quienes no sean elegibles para ESTA deben solicitar un visado B-1/B-2, completando el DS-160, pagando la tasa correspondiente y asistiendo a una entrevista consular.

    En todos los casos se requiere un pasaporte en vigor.

    Las personas que hayan viajado a Cuba después del 12 de enero de 2021 por lo general ya no son elegibles para utilizar el ESTA bajo el Programa de Exención de Visado.

    En esos casos, es necesario obtener un visado estándar a través de una Embajada o Consulado de EE. UU. antes de viajar.

    Si tu visado o pasaporte se pierde o es robado mientras estás en Estados Unidos, es importante actuar con rapidez.

    Debes denunciar la pérdida o el robo ante la policía local y obtener un informe policial. Si has perdido el Formulario I-94, puedes recuperar tu registro electrónico de entrada y salida online.

    También debes avisar a la embajada o consulado de tu país por la pérdida del pasaporte y contactar con la Embajada o Consulado de EE. UU. que emitió tu visado. Tendrás que facilitar datos personales y, si están disponibles, copias o información relacionada con el visado perdido.

    Los visados estadounidenses perdidos o robados no se reemplazan. Debes solicitar un visado nuevo en una Embajada o Consulado de EE. UU. fuera de Estados Unidos e incluir una declaración escrita explicando la pérdida o el robo, junto con el informe policial.

    Los emprendedores extranjeros suelen solicitar el visado E-2 (Treaty Investor), que permite a nacionales de países con tratado invertir y dirigir un negocio en Estados Unidos.

    Dependiendo de la estructura del negocio y del rol del solicitante, también pueden considerarse alternativas como el L-1 (traslado intraempresa) o ciertas clasificaciones B-1.

    Muchas empresas estadounidenses patrocinan visados de trabajo, especialmente en sectores como tecnología, ingeniería, salud, energía e investigación.

    Las grandes multinacionales patrocinan con frecuencia visados como el H-1B o el L-1 para profesionales especializados y directivos. En el caso del E-2, la entidad “patrocinadora” suele ser la propia empresa del inversor.

    Los visados E-1 y E-2 son visados de no inmigrante para comerciantes por tratado y inversores por tratado.

    El E-1 se emite a nacionales de países con tratado que realizan comercio internacional sustancial con Estados Unidos. El E-2 es para inversores que comprometen una cantidad significativa de capital en un negocio en Estados Unidos. Ambos permiten residencia temporal en EE. UU. para desarrollar actividades comerciales que cumplan los requisitos.

    Con un visado de negocios B-1, normalmente se permiten estancias de hasta seis meses. La duración exacta la determina el oficial de inmigración en el puerto de entrada y depende del motivo de la visita.

    En algunos casos, pueden solicitarse extensiones si se justifica la necesidad de más tiempo.

    La disponibilidad de citas varía según la embajada o consulado y según la región.

    Se recomienda consultar la web oficial de la Embajada o Consulado de EE. UU. para obtener la información más actualizada. En muchas ubicaciones, las citas pueden reservarse con varios meses de antelación, por lo que planificar con tiempo es fundamental.

    Si estás planificando trasladar empleados a Norteamérica y necesitas orientación, CVS cuenta con amplia experiencia asesorando a empresas en estrategias de movilidad internacional.

    Los viajeros desde España generalmente necesitan un pasaporte biométrico válido. Para estancias de hasta 90 días por turismo o negocios, los nacionales que cumplan los requisitos pueden viajar con ESTA.

    Para trabajar, estudiar, invertir o realizar estancias más largas, es necesario obtener un visado específico para Estados Unidos antes de viajar.

    Para renovar un visado para Estados Unidos, debes completar el Formulario DS-160 y presentar la documentación requerida a través de la Embajada o Consulado de EE. UU. correspondiente.

    En algunos casos, es posible que puedas renovar sin entrevista si tu visado anterior caducó dentro de un determinado plazo y cumples los criterios de elegibilidad aplicables.

    El proceso de solicitud incluye completar el Formulario DS-160, pagar la tasa del visado, reunir la documentación de soporte y solicitar una entrevista consular.

    Durante la entrevista, el solicitante presenta la documentación y responde a preguntas relacionadas con el propósito del viaje y sus antecedentes.

    Por lo general, debes llevar: pasaporte en vigor, página de confirmación del DS-160, justificante de pago de la tasa, fotografía reciente tipo pasaporte, y cualquier documentación adicional relevante para la categoría de visado.

    Los documentos de apoyo pueden incluir cartas de invitación, pruebas de medios económicos, itinerarios de viaje o documentación corporativa.

    Las actividades de negocios de corta duración sin empleo local suelen encajar en el visado B-1.

    Para abrir una filial en Estados Unidos, trasladar empleados o invertir en un negocio, normalmente son más adecuados visados como L-1 o E-2.

    El ESTA es una autorización electrónica de viaje para turismo o visitas de negocios de corta duración de hasta 90 días. No requiere entrevista consular.

    El visado B-1 es un visado consular que implica un proceso formal de solicitud y permite estancias más largas o actividades de negocios más complejas.

    El visado L-1 requiere demostrar una relación corporativa válida entre la empresa extranjera y la entidad en Estados Unidos, así como evidencias de que el empleado desempeñará un rol directivo/ejecutivo (L-1A) o de conocimiento especializado (L-1B).

    La ley no establece una inversión mínima fija. Sin embargo, la inversión debe ser lo suficientemente sustancial como para garantizar la viabilidad del negocio.

    En la práctica, esto suele implicar inversiones que empiezan aproximadamente en 100.000 USD o más, dependiendo del sector y del modelo de negocio.

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    Paula Estévez

    SDR y Ejecutivo de Cuentas

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